La cámara de representantes de Bahrein ha aprobado una propuesta para modificar el artículo III del decreto ley de derechos políticos que establece que se pueda evitar que los líderes y miembros de los partidos políticos disueltos sean miembros del Parlamento bahreiní.
El texto de esta enmienda explicita que se puede prohibir la concurrencia a las elecciones para ser elegido como miembro en la cámara de representantes a toda aquella persona que haya incurrido en daños intencionales, o haya interrumpido el curso de la vida constitucional o parlamentaria por dejación de sus funciones, o haya abandonado el trabajo parlamentario en el parlamento, o haya perdido su membresía por estas razones.
Los parlamentarios que apoyan esta enmienda justificaron su iniciativa en que esta normqtivq está en línea con el proceso democrático, protege la vida política, y no está dirigida contra ninguna persona o entidad en particular.
Y aseguraron que los miembros de la cámara de representantes representan al pueblo en su conjunto, se ocupan de los intereses públicos y de asumir las tareas legislativas y de supervisión del marco de referencia para el trabajo de la rama ejecutiva y la representación del reino de Bahrein en los foros parlamentarios regionales e internacionales, por lo que no se puede permitir a los que hayan infringido la ley ser miembros de la misma.