En una reunión reciente del Consejo de Seguridad de la ONU celebrada el 15 de mayo, 24 horas antes de que Estados Unidos inaugurara su embajada en Jerusalén, escuchamos a un delegado británico declarar que: "Nuestra postura respecto al estatus de Jerusalén y el traslado de la embajada estadounidense es bien conocido. Nuestra posición está clara y es firme. Defendemos que el estatus de Jerusalén debería determinarse con un acuerdo negociado entre los israelíes y los palestinos, y que Jerusalén debería ser la capital compartida del Estado israelí y el palestino".
La postura del delegado de Francia respecto a Jerusalén en esta reunión (ver versión en francés) fue la siguiente: "La cuestión de Jerusalén concierne a toda la comunidad internacional. Jerusalén ha sido el sujeto de varias resoluciones del Consejo de Seguridad. En ese contexto, el estatus de Jerusalén debería ser considerado por las partes mediante deliberaciones cuyo objetivo sea un acuerdo de paz. De acuerdo al consenso que ha prevalecido durante 70 años en la comunidad internacional, Francia no reconoce soberanía alguna de Jerusalén sin haberse llegado a un acuerdo. Tras el conflicto de junio de 1967, no reconocimos la anexión de Jerusalén Oriental, que forma parte de los territorios ocupados bajo el derecho internacional".
"Del mismo modo, en 1980 tampoco reconocimos los actos unilaterales de Israel respecto a Jerusalén. El Consejo de Seguridad adoptó las resoluciones 476 (1980) y 478 (1980), que prevén dos principios en particular. Primero, cualquier decisión o acción que altere el estatus o carácter de Jerusalén se considera nula e inválida y debe rescindirse. En segundo lugar, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidaas que hayan establecido misiones diplomáticas en Jerusalén deben retirarlas de la ciudad. Eso es lo que sucedió como resultado de la resolución 478 (1980), sin excepciones. Jerusalén debería convertirse en la capital de dos Estados - Israel y Palestina -, de acuerdo con las modalidades que han de definirse mediante negociaciones. Ninguna decisión unilateral puede reemplazar esto. Francia condena la decisión tomada por Estados Unidos en diciembre e implementada ayer".
En esta misma reunión, el delegado de Kuwait declaró que: "Lo mismo ocurre con la reubicación de ciertas misiones diplomáticas en Jerusalén, lo cual supone una violación flagrante de las resoluciones relevantes del Consejo, en particular las resoluciones 476 (1980) y 478 (1980), que consideran nulas e inválidas estas acciones unilaterales, sin efecto legal. Enfatizamos que estas decisiones, que constituyen violaciones del derecho internacional, dificultarán el camino hacia la paz, exacerbarán las tensiones, desatarán la ira y amenazan con provocar más violencia, caos e inestabilidad en la región".
No se estableció ningún proyecto de resolución sobre el desplazamiento de la embajada de EEUU a Jerusalén durante esta reunión del 15 de mayo. Sin embargo, todos los delegados del UNSC tenían en mente el resultado de un proyecto de resolución (ver texto completo) vetado por Estados Unidos el 18 de diciembre de 2017: el resultado de la votación fue de 14 votos a favor y un sólo voto en contra: el voto estadounidense (veto). Ningún Estado se abstuvo, y ningún Estado apoyó la postura de Estados Unidos: una situación muy poco común para los delegados de EEUU en Nueva York.
En Latinoamérica tuvimos la oportunidad de registrar todas las reacciones oficiales de los Estados de la región cuando el presidente estadounidense anunció en diciembre de 2017 su intención de trasladar su embajada a la Ciudad Sagrada. Las distintas posturas presentadas durante esta reunión del 18 de diciembre en el Consejo de Seguridad de la ONU demuestran el total aislamiento de la postura de Estados Unidos y el fuerte consenso de los miembros del UNSC respecto al estatus internacional de Jerusalén.
La Corte Internacional de Justicia (ICJ) debería ahora examinar este consenso sobre la ilegalidad de la postura de EEUU mediante una opinión consultiva que sería sometida por la Asamblea General de la ONU a través de una resolución (como se hizo con la ilegalidad del Muro de Israel en Jerusalén). Los procedimientos consultivos permiten a los Estados presentar su opinión legal al ICJ.
Es probable que Israel, Estados Unidos y sus aliados del Océano Pacífico (las Islas Marshall, Micronesia, Palau y Nauru), así como Guatemala (que abrió su embajada en Jerusalén el 16 de mayo) y Paraguay (el 21 de mayo) votarán en contra, y otros se abstendrán en la votación sobre una resolución que pida al ICJ una opinión consultiva. Este no es un problema para el ICJ ni para el derecho internacional.
Por otro lado, en respuesta a la decisión unilateral del gobierno de los EEUU, muchos países que no reconocen a Palestina como Estado podrían tomar la decisión de sí reconocerlo. El reconocimiento de Palestina por parte de Suecia en 2013 demuestra a los miembros del UE que no pasa nada malo cuando un Estado decide apoyar el intento de Palestina por ser reconocido como Estado, a pesar de los argumentos israelíes contra este reconocimiento. En Latinoamérica, después del reconocimiento de Palestina por parte de Costa Rica en febrero de 2008, todos los Estados de la región decidieron imitar la postura de Costa Rica en los años posteriores, con dos excepciones notables: Colombia y Panamá (ambos reciben una gran cooperación de Estados Unidos en la región).
Cabe recordar que, a finales de 2014, se llevaron a cabo varias votaciones interesantes en distintos poderes legislativos de Europa. Se adoptó una resolución sobre el reconocimiento de Palestina el 18 de octubre de 2014 en el Parlamento Británico con 274 votos a favor y sólo 12 en contra. En España, se llevó a cabo una votación sobre una resolución similar el día 18 de noviembre de 2014, que concluyó con 319 votos a favor, una abstención y 2 votos en contra.
El firme consenso respecto a Jerusalén entre los miembros del Consejo de Seguridad de la ONU ha de capitalizarse en términos legales. La próxima Asamblea General de la ONU sería un lugar ideal para hacerlo.
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