El 30 de abril del 2020, la Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) emitió un nuevo escrito, en el que reafirma que Palestina es un Estado Parte al Estatuto de Roma, cuya solicitud de investigación debe proseguir en aras de identificar y de sancionar a los responsables de las exacciones cometidas por las fuerzas de seguridad de Israel en todos los territorios palestinos.
Como se recordará, al no ser Israel Estado Parte al Estatuto de Roma, instrumento internacional que estableció en 1998 la CPI (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), son diversas las opiniones sobre el punto de saber si puede (o no) ejercer su competencia la Corte sobre estos hechos (realizados todos fuera del territorio de Israel por las fuerzas de seguridad israelíes). Por su parte Israel, así como su incondicional aliado norteramericano e influyentes sectores en diversas latitudes, son de la tesis que, al no poder considerarse Palestina como un Estado, su petición carece de todo fundamento desde la perspectiva jurídica.
El pasado 28 de enero, la Sala de Cuestiones preliminares de la CPI solicitó a Estados y a diversas organizaciones remitirle sus opiniones jurídicas al respecto (véase texto completo de su decisión en inglés y la versión en francés, así como en árabe y en hebreo). Nótese (en el párrafo 16), que se invitó también a Israel a dar a conocer su criterio a los tres jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI.
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Una respuesta a una multitud de opiniones jurídicas
En un largo dictamen (véase texto completo), la Fiscal responde a una serie de inquietudes y de sugerencias que hicieron llegar Estados, organizaciones de la sociedad civil y demás entidades interesadas en este procedimiento iniciado por Palestina en el 2015. Rechazando diversas interpretaciones hechas al texto mismo del Estatuto de Roma, la Fiscal reitera que la CPI puede plenamente ejercer su jurisdicción sobre hechos contra la población civil palestina ocurridos en los territorios palestinos ocupados.
Además de Palestina, los únicos Estados Partes al Estatuto de Roma que enviaron a la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI sus apreciaciones fueron: Alemania, Australia, Austria, Brasil, República Checa y Uganda (véase listado y referencias a los respectivos documentos en la nota 7, página 6 del precitado dictamen). Un observador acucioso podrá identificar en esta lista a algunos Estados muy cercanos a las posiciones de Israel y de Estados Unidos (Estados que, al no ser Partes al Estatuto de Roma, se ven imposibilitados de emitir criterio alguno sobre la interpretación a dar a algunas disposiciones del texto adoptado en Roma en 1998). Como indicado previamente, pese a una invitación expresa hecha a Israel para que remitiera también su opinión a los tres jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares, las autoridades israelíes optaron por no hacerlo.
En un comunicado de prensa (véase texto completo), la reconocida ONG Amnistía Internacional (AI) advirtió sobre la maniobra de este grupo de Estados, a la vez que señaló otra (solapada) presión ejercida, esta vez por Canadá:
"We are also deeply concerned by news reports that one state party, namely Canada, has “reminded the Court” of its provision of budgetary resources in a letter to the ICC concerning its jurisdiction over the “situation in Palestine”, which appears to be a threat to withdraw financial support".
Más allá de los intentos de unos y otros (más velados), la Fiscal de la CPI se mantiene firme en su demonstración. Es así como en el párrafo 26 de su escrito, se lee que para la Fiscal, la pertenencia de Palestina, como Estado, a la Asamblea de Estados Partes (ASP) es indiscutible y que no es de recibo venir ahora a cuestionarla:
"26. To the contrary, as various participants have noted, the validity of Palestine’s membership of the ASP has been accepted by States Parties, including by electing Palestine to hold office in the ASP Bureau on behalf of all States Parties. Such a position is inconsistent with objecting to the validity of Palestine’s accession to the Statute".
Como bien se sabe, en derecho internacional público, un Estado puede objetar alguna situación, manifestándose de manera expresa a penas tenga la oportunidad de hacerlo. Resulta un tanto sorprendente que, en vez de objetar desde un inicio el hecho que Palestina integrara, como Estado, la Asamblea de Estados Partes (ASP), es tan solo ahora que algunos "descubren" que Palestina no puede hacerlo. De manera a tener idea de la sorpresa causada, cabe precisar que Palestina accedió al Estatuto de Roma que establece la CPI en enero del 2015 (véase comunicado oficial de la CPI). Es de notar que el único Estado Parte a la CPI que sí consideró útil y oportuno objetar la calidad de Estado a Palestina en aquel momento fue Canadá (véase texto completo de su comunicación).
Más allá de la inconsistencia de algunos que evidencia el tipo de maniobra que persiguen sus autoridades, en su única conclusión (véase párrafo 100), de manera inequívoca, la Fiscal de la CPI señala que:
"Conclusion 100. The Prosecution has carefully considered the observations of the participants and remains of the view that the Court has jurisdiction over the Occupied Palestinian Territory. It respectfully requests Pre-Trial Chamber I to confirm that the “territory” over which the Court may exercise its jurisdiction under article 12(2)(a) comprises the West Bank, including East Jerusalem, and Gaza".
Una reiteración de lo expuesto por la misma Fiscal en diciembre del 2019
Habíamos tenido la oportunidad de analizar el anuncio hecho el 20 diciembre del 2019 por la misma Fiscal al anunciar la apertura oficial de una investigación en contra de las exacciones cometidas por Israel en Palestina (véase nuestra breve nota titulada "Corte Penal Internacional e Israel: a propósito del reciente anuncio sobre la apertura de una investigación por exacciones cometidas en territorios ocupados palestinos")
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En aquella oprtunidad, la ONG Amnesty International (AI) no dudó en celebrar este anuncio como un "paso histórico" (véase comunicado de prensa), al tiempo que, en Israel, el Primer Ministro y el Ministro de Defensa calificaron a la CPI como antisemita (véase nota del Jerusalem Post y este cable de la agencia Reuters): ello como parte de las ya acostumbradas vociferaciones y gesticulaciones iracundas del aparato estatal israelí, y que ya no impresionan mayormente.
El pasado 6 de marzo, en Israel, se publicó un muy completo reportaje sobre las distintas instrucciones recibidas por los francotiradores israelíes durante la denominada "Marcha del Retorno" del 2018: se recomienda la lectura integral de la nota publicada en Haaretz y titulada "'42 Knees in One Day': Israeli Snipers Open Up About Shooting Gaza Protesters Over 200 Palestinians were killed and nearly 8,000 were injured during almost two years of weekly protests at the Israel-Gaza border. Israeli army snipers tell their stories".
A modo de conclusión
Desde marzo del 2019, está a disposición de la comunidad internacional el informe detallado de Naciones Unidas elaborado por una Comisión de Investigación del Consejo de Derechos Humanos sobre las acciones realizadas en el 2018 contra manifestantes palestinos por parte de Israel: el texto completo del informe titulado "Report of the detailed findings of the independent international Commission of inquiry on the protests in the Occupied Palestinian Territory A/HRC/40/CRP.2" está disponible en este enlace. La votación durante la cual se creó este mecanismo de investigación, en la que Estados Unidos fue el único Estado - conjuntamente con Australia - en votar en contra, lo llevó a retirarse formalmente del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en junio del 2018 (véase nuestra breve nota al respecto titulada "El retiro de Estados Unidos del Consejo de Derechos Humanos: breves apuntes").
Con relación a la mortífera ofensiva militar israelí en Gaza del verano del 2014, otro informe similar al anterior, titulado "Report of the detailed findings of the Commission of Inquiry on the 2014 Gaza Conflict A/HRC/29/CRP.4" detalla las exacciones de todo tipo vividas por gran parte de familias palestinas sin que, hasta la fecha, la justicia se pronuncie al respecto.
Cabe recordar que en setiembre del 2018, la CPI tomó nota (a su manera) de las amenazas (insólitas) proferidas en contra de sus integrantes y de su personal por parte de Estados Unidos: remitimos a nuestros estimables lectores a nuestra breve nota titulada "Corte Penal Internacional (CPI) toma nota de amenazas hechas por Estados Unidos", en cuya conclusión nos permitimos señalar que:
"No se tiene registro de amenazas de este tipo recibidas por parte de un juez internacional en el pasado, y es probable que estas declaraciones guarden relación con el siguiente hecho: nunca en la historia Israel había contado con una administración norteamericana tan solícita y tan atenta a sus pretensiones".
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